
UN PARTIDO DE SUSPENSIÓN, POR ACUMULACIÓN DE AMONESTACIONES
González Soberón “ÁLVARO” (Espanyol)
“AMRABAT” (Málaga)
Dias Oliveira “CHARLES L.” (Málaga)
Llorente Ríos “DIEGO LLORENTE” (Rayo Vallecano)
“RAMI” (Sevilla)
UN PARTIDO DE SUSPENSION, POR INFRACCIÓN DE LAS REGLAS DE JUEGO DETERMINANTE DE EXPULSIÓN
Blanco Veiga “R. BLANCO” (Celta)
OTRAS SUSPENSIONES
“KOVACIC” (Real Madrid) UN PARTIDO (artículo 123.1 Código Disciplinario RFEF)
Dejar sin efectos disciplinarios la segunda amonestación arbitral, y consiguiente expulsión, de las que fue objeto el jugador del Sevilla FC SAD, D. ADIL RAMI, imponiéndole sanción de amonestación por la mostrada en el minuto 56, por emplear juego peligroso, correctivo que determina, al tratarse del quinto de aquella clase, su suspensión por UN PARTIDO, con multa accesoria en cuantía de 350 € al club y de 600 € al futbolista, en aplicación de los artículos 111.1.a), 112 y 52.3 y 4 del Código Disciplinario de la RFEF.
NOTA IMPORTANTE: El Comité retiró una de las dos amarillas que vio Rami ante el Granada. Esto hace que deje de estar sancionado por doble amarilla, pero la otra amarilla que vio le hace cumplir ciclo, por lo que estará sancionado por acumulación de tarjetas.

